MOCIÓN CONJUNTA DE LOS GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES PARA DESARROLLAR UN PLAN MUNICIPAL DE ACCESIBILIDAD EN LA CIUDAD.
MOCIÓN APROBADA POR UNANIMIDAD
VÍDEO DEL DEBATE EN EL PLENO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA – SESIÓN ORDINARIA Nº 11/2015 –
31/7/2015
31/7/2015
Texto de la Moción:
“La Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad (Naciones Unidas, 2006), reconoce la accesibilidad como uno de sus principios generales, describiendo en el artículo 9 los derechos de las personas con discapacidad en esta materia.
A nivel europeo, la Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020: un compromiso renovado para una Europa sin barreras, identifica ocho ámbitos de actuación de los cuales la accesibilidad es el prioritario, y plantea como objetivo garantizar la accesibilidad a los bienes y servicios, en especial los servicios públicos y los dispositivos de apoyo para las personas con discapacidad.
Ya en nuestro país, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, tiene por objeto garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato a las personas con discapacidad respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente, y de la erradicación de toda forma de discriminación. Además, establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, señalando el 4 de diciembre de 2017 como fecha en la que las instituciones públicas tienen que proporcionar accesibilidad a los servicios e instalaciones de uso público, oficinas de atención, edificaciones, entornos, medios de transporte, información, etc., que sean susceptibles de ajustes razonables.
La normativa exige a las instituciones unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que incluyen la adopción de normas internas, así como la elaboración de planes y un calendario de actuaciones.
Queda así justificada la accesibilidad como un derecho pero también es una condición previa a la participación en la sociedad y en la economía. En este sentido, hay que tener en cuenta que la ciudad de Salamanca tiene una configuración socio demográfica y de prestación de servicios que hace necesario
poner un especial énfasis en la accesibilidad. Las personas mayores de 60 años suponen más del 30% de la población, y la ciudad alberga centros estatales como el CRMF o el CRE de Alzheimer y otras demencias, las viviendas de ASDEM y ASPRODES, y un amplio abanico de asociaciones de apoyo a personas con discapacidad, además del turismo. Y es que en Salamanca cohabitan muchas personas con limitaciones en su funcionamiento que necesitan vivir en una ciudad accesible, en una ciudad inclusiva.
Para lograrlo es imprescindible actuar bajo los principios de Accesibilidad Universal y Diseño para Todas las Personas:
Accesibilidad Universal: es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
Diseño Universal o Diseño para Todas las Personas: es la actividad por la que se conciben o proyectan desde el origen, y siempre que ello sea posible, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, programas, dispositivos o herramientas, de tal forma que puedan ser utilizados por todas las personas, en la mayor extensión posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado.
El concepto europeo de accesibilidad implica tres formas básicas de actividad humana: la movilidad, la comunicación y la comprensión. Por eso son múltiples los ámbitos que desde el ayuntamiento se podrían mejorar y los grupos municipales, tras reuniones con colectivos sociales de la ciudad, han ido recopilando posibles actuaciones que buscan la promoción de la autonomía personal de residentes y turistas con diversidad funcional, quienes tienen hoy limitaciones de acceso al entorno y a los servicios de nuestra ciudad, en definitiva que tienen limitada su participación social por falta de accesibilidad.
Es indudable la buena labor de los técnicos del Ayuntamiento en materias relacionadas con la accesibilidad en diferentes áreas: Bienestar Social, Cultura, Ingeniería Civil, Mantenimiento, Turismo, Urbanismo, Vivienda, etc., y que se han desarrollado actuaciones de mejora de la accesibilidad en la ciudad, pero no han sido englobadas en un proyecto compartido que incluya un diagnóstico de necesidades y prioridades, un plan de actuaciones que fomente la participación social, la innovación social o la vida independiente, así como un seguimiento de las mismas.
Por lo expuesto, los Grupos Políticos Municipales, al amparo de lo establecido en el artículo 88 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Excmo. Ayuntamiento de Salamanca, proponen al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:
1. Desarrollar un Plan Municipal de Accesibilidad que se extienda entre los años 2015 y 2019, teniendo en cuenta los plazos que la legislación nacional y europea impone en algunas actuaciones. Este plan tendrá una dotación presupuestaria anual en función de las actuaciones planificadas.
2. Elaborar una nueva Ordenanza de Accesibilidad acorde con la normativa vigente.
3. Crear un grupo de trabajo compuesto por técnicos, asociaciones afectadas, personas expertas en accesibilidad, y representantes de los grupos municipales para que, a modo de observatorio, realice propuestas, un calendario de actuaciones, y el seguimiento tanto del Plan Municipal de Accesibilidad como de la Ordenanza descrita.”
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